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CERTIFICADO ENERGÉTICO, ¿CUÁNDO ES NECESARIO?

 

Muchas veces nos preguntáis cuándo es necesario realizar el certificado de eficiencia energética. Pues hoy os voy a decir en qué casos es obligatorio y, sobre todo, que nos puede suceder si no lo presentamos.

Desde hace unos años, además de la terminología habitual de una compraventa y alquiler como hipotecas, escrituras, tipos de interés, seguros de inquilinos, etc. Nos ha aparecido un término nuevo a tener en cuenta, el Certificado de Eficiencia Energética.

En el Real Decreto 235/2013 de 5 de Abril se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios, esto quiere decir que, a partir de ese momento, todos los inmuebles que se vendan o se alquilen, a excepción de algunos que luego veremos, están obligados a presentar esta certificación.

¿QUÉ NOS DICE EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?

Algo tan sencillo y complejo, porque cuesta interpretarlo, como saber el consumo energético que produce ese inmueble. Así como las emisiones CO2 que emite en el ambiente.

Realmente está indicado para que podamos elegir entre las viviendas más eficientes. Donde nosotros vivimos poco podemos elegir puesto que la mayoría son construcciones antiguas y en consecuencia poco eficientes.

En su etiqueta, que es lo más significativo, podremos diferenciar letras de la A a la G, siendo la A la más eficiente y la G de menor calificación. Además el técnico que lo ha realizado está obligado a presentar un análisis de mejora por si el propietario decide mejorar esa eficiencia en algún momento.

¿QUIÉN TIENE QUE REALIZARLO?

Un técnico autorizado que tenga la formación adecuada para ello. En este sentido no te preocupes que te pondremos en contacto con nuestra arquitecta para que te lo realice en el menor plazo posible y sin ningún trastorno para ti.

¿QUÉ INMUEBLES ESTÁN OBLIGADOS?

Todos aquellos que se vendan o alquilen a excepción de los siguientes:

-Los pisos que dispongan de menos de 50 m2.

-Viviendas que no vayan a alquilarse durante más de 16 semanas al año.

-Inmuebles que hayan sido demolidos o destruidos o que sean construcción provisional.

-Aquellos edificios empleados para para aspectos industriales o agrícolas.

-Los edificios religiosos y de culto.

-Edificaciones que, por sus características, deban permanecer abiertas.

DURACIÓN DEL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

El certificado tiene una validez de DIEZ AÑOS tanto si vendes o alquilas y además debes de tener en cuenta que puedes renovarlo antes de su término.

¿QUÉ SUCEDE SI NO TENEMOS EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?

Debes tener en cuenta que te expondrás a una multa que puede ser leve, moderada o grave y va desde los 300 € hasta los 6.000 €. Teniendo en cuenta su valor económico, créeme que bien merece la pena tenerlo. Además es muy importante que sepas que incluso para la publicación del inmueble es completamente obligatorio enseñarlo al futuro comprador. Gobierno Vasco está muy pendiente y sabemos que ha sancionado ya a algunos propietarios y agencias inmobiliarias por no tenerlo correctamente publicitado tanto en los escaparates como de forma online.

Ten en cuenta que si o si lo vas a tener que presentar, tanto al inquilino como al comprador en Notaría así que mejor tenerlo desde el primer momento para evitar cualquier circunstancia desagradable y, como te he citado anteriormente, te ayudaremos a conseguirlo de manera fácil y económica.

¡Hasta otra!

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